Noboa decreta estado de excepción en Quito y siete provincias a un día de las elecciones
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha declarado este sábado el estado de excepción en el país, a un día de la segunda vuelta de los comicios presidenciales, en el que el mandatario, que aspira a …
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha declarado este sábado el estado de excepción en el país, a un día de la segunda vuelta de los comicios presidenciales, en el que el mandatario, que aspira a la reelección, se enfrente a Luisa González, del movimiento izquierdista Revolución Ciudadana (RC).
Debido al “incremento de índices de violencia, cometimiento de delitos e intensidad de la perpetración de ilícitos por grupos armados organizados”, se declara el estado de excepción, según el decreto 599 del presidente constitucional de la República.
La medida se aplicará en las provincias de Guayas —donde se encuentra Guayaquil, la ciudad más poblada del país—, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos, además del Distrito Metropolitano de Quito en la provincia de Pichincha y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay.
Guayas, Pichincha y Manabí concentran el mayor número de electores en el país, con alrededor de 6,9 millones de votantes, lo que representa más de la mitad del padrón electoral de todo Ecuador, que es de 13,73 millones de electores, según datos del Consejo Nacional Electoral (CNE) citados por el diario Primicias.
La disposición tendrá una vigencia de 60 días, plazo necesario, según el decreto, para “mitigar los hechos fácticos” y “coadyuvar el accionar” de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional “para mantener la soberanía del Estado”, la seguridad ciudadana y la protección interna y de orden público.
Los derechos suspendidos en las provincias mencionadas incluyen el derecho a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia, lo que significa que las fuerzas del orden podrán realizar a discreción “inspecciones, allanamientos y requisas” y recolectar “mensajes, comunicaciones, cartas y/o misivas físicas o electrónicas”.
Asimismo, se restringe el derecho a la libertad de reunión, para lo cual, las autoridades “quedan facultadas para impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas” a la seguridad.