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El País

CONANI desmiente negativa a pago y aclara procedimiento para liquidación de deuda con proveedor eléctrico

CONANI aclara que la liquidación de sentencias se realiza a través del Ministerio de Hacienda , de conformidad con la Ley 86-11 sobre Fondos Públicos y la Resolución 198-2018 de ese organismo. Por tan…

Redacción Telenoticias • August 7, 2025 10:00 pm
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Santo Domingo, RD. – El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) desmiente categóricamente que la institución se haya negado a pagar una deuda por RD$2,312,000.00 reclamada por el proveedor de servicios eléctricos José Antonio Rodríguez De Jesús , correspondiente a trabajos ejecutados entre 2015 y 2019.

CONANI aclara que la liquidación de sentencias se realiza a través del Ministerio de Hacienda , de conformidad con la Ley 86-11 sobre Fondos Públicos y la Resolución 198-2018 de ese organismo. Por tanto, se invita al denunciante a acogerse al debido proceso ya utilizar los mecanismos administrativos y judiciales previstos.

La institución señala que resulta improcedente intentar embargar cuentas estatales, sobre todo aquellas destinadas a la protección y restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes, a través de sus oficinas territoriales y programas de atención residencial.

CONANI manifiesta que en ningún momento ha expresado intención de desacatar la sentencia . A los abogados del señor Rodríguez De Jesús se les comunicó de forma clara que la institución pagará lo que corresponda y se les indicó el procedimiento a seguir, incluido el uso de la plataforma de pagos para verificar los libramientos ejecutados.

Además, CONANI recuerda que ha realizado pagos a favor del señor Rodríguez De Jesús por más de RD$9,150,000.00 entre 2015 y 2019, incluyendo el Acuerdo Núm. 140-2019 , producto del reconocimiento de deudas existentes con dicho proveedor. En 2019 se pagaron RD$1,700,672.03 en cumplimiento de ese acuerdo. Los montos que hoy se señalan como pendientes corresponden, en varios casos, a facturas duplicadas o a documentos que no fueron depositados anteriormente en la institución.

La institución reitera su compromiso de honrar los pagos que resulten buenos y válidos una vez agotadas las fases del proceso judicial y conforme a los lineamientos institucionales y el marco jurídico vigente. Asimismo, recuerda que las decisiones de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) son recurrentes en un plazo de treinta (30) días a partir de su notificación (15/7/2025), recurso que aún no se ha agotado.

Finalmente, CONANI exhorta a los medios de comunicación interesados a acercarse a sus oficinas para recibir toda la documentación disponible y aclarar cualquier duda relacionada con este expediente.