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El Mundo

La Justicia frena decreto del Gobierno y ordena cumplir la ley de financiamiento universitario

Cormick consideró acreditada la “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico” por parte del Estado, al señalar que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución…

Redacción Telenoticias • December 23, 2025 5:09 pm
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Un juez federal suspendió de manera provisoria el decreto del Poder Ejecutivo que había dejado sin efecto la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. Se trata del magistrado Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, quien hizo lugar a una medida cautelar en el marco de una acción de amparo colectivo.

La decisión dejó sin efecto el Decreto 759/2025 y ordenó al Estado Nacional cumplir de forma inmediata con la actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles, tal como lo establece la ley 27.795, sancionada por el Congreso tras la insistencia legislativa de ambas cámaras.

El amparo fue promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades contra el Estado Nacional, cuestionando la validez constitucional del decreto presidencial que condicionó la aplicación de la ley, pese a haber sido ratificada por el Congreso. Entre los patrocinadores se encuentra el abogado constitucionalista Pablo Manili.

Al resolver, el juez recordó que el amparo exige la existencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y un daño concreto que solo pueda repararse mediante una vía urgente. En ese marco, calificó la medida solicitada como una cautelar innovativa, ya que implica ordenar el cumplimiento inmediato de la ley, lo que constituye una decisión excepcional.

Cormick consideró acreditada la “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico” por parte del Estado, al señalar que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional no admite, en esta etapa preliminar, una suspensión de la norma sancionada.

El fallo destacó que el Poder Ejecutivo fundamentó la suspensión de la ley en una norma de jerarquía inferior el artículo 5° de la ley 24.629 frente a un mandato constitucional expreso. Según el magistrado, al menos en esta instancia, prevalece la aplicación de la ley aprobada por el Congreso.

En cuanto al “peligro en la demora”, el juez sostuvo que la pérdida del poder adquisitivo de los docentes universitarios continúa afectando derechos laborales protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales de derechos humanos. Además, advirtió que el deterioro salarial impacta negativamente en el derecho a enseñar y aprender.

Sobre el interés público, Cormick señaló que el impacto fiscal de la norma sería reducido, estimado en un 0,23% del PBI según datos de la Oficina de Presupuesto del Congreso, y descartó que la medida cautelar genere efectos irreversibles, al tratarse de una decisión provisoria.

Finalmente, el magistrado consideró que el decreto 759/2025 “parece reñido con el principio de división de poderes” y resolvió declarar inaplicable la norma en lo que respecta a la suspensión de la ley 27.795. La cautelar regirá hasta que se dicte la sentencia definitiva y fue concedida bajo caución juratoria.