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El País

Tres meses de prisión preventiva contra vigilante que cometió homicidio mientras servía a entidad bancaria

SANTO DOMINGO OESTE. – El Ministerio Público de Santo Domingo Oeste obtuvo tres meses de prisión preventiva contra un vigilante de seguridad imputado de ultimar de un disparo en la cabeza a un usuario de una entidad bancaria ubicada en la plaza Occidental Mall, en Manoguayabo, en la prolongación de la avenida 27 de Febrero.Continue reading “Tres meses de prisión preventiva contra vigilante que cometió homicidio mientras servía a entidad bancaria”

Redacción Telenoticias • June 17, 2021 8:53 pm
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SANTO DOMINGO OESTE. – El Ministerio Público de Santo Domingo Oeste obtuvo tres meses de prisión preventiva contra un vigilante de seguridad imputado de ultimar de un disparo en la cabeza a un usuario de una entidad bancaria ubicada en la plaza Occidental Mall, en Manoguayabo, en la prolongación de la avenida 27 de Febrero.

La magistrada Clara Rivera, jueza de la Oficina de Atención Permanente de esta localidad, dispuso que el imputado Sergio Pascual Valdéz, quien brindaba servicio para la entidad bancaria, cumpla tres meses de prisión preventiva en la cárcel del Nuevo Modelo Penitenciario de San Pedro de Macorís.

El expediente instrumentado por el Ministerio Público precisa que el hecho ocurrió el pasado 9 de junio, a las 3:25 de la tarde, en momentos en que, el imputado Sergio Pascual Valdéz Montero ultimó de un disparo en la cabeza a Esteban Antonio Espinal, con quien sostuvo una discusión.

La discusión se originó porque el vigilante alegaba que, como medida preventiva contra el virus Covid 19, la víctima no podía entrar al establecimiento para acompañar a su pareja.

La acusación también señala que luego de cometer el hecho, el imputado Sergio Pascual Valdéz Montero emprendió la huida.

Montero Pascual fue arrestado el pasado 14 de junio, en virtud de la orden judicial No. 2019-TAU 2021-02139, de fecha 10 de junio del 2021.

El Ministerio Público le ha otorgado a los hechos la calificación jurídica provisional como violación a los artículos 295 y 304-2 del Código Penal Dominicano, así como los artículos de la Ley 631-16.