Imponen 20 años de prisión contra hombre que abusó sexualmente de hijastra
Santo Domingo.- Fue condenado a 20 años de prisión un hombre que fue acusado por de cometer un incesto en perjuicio de una hijastra menor de edad, en un hecho ocurrido en el sector Los Ríos. El acusado, cuyo nombre se omite para preservar la identidad de la víctima, fue enviado a la Penitenciaría NacionalContinue reading “Imponen 20 años de prisión contra hombre que abusó sexualmente de hijastra”
Santo Domingo.- Fue condenado a 20 años de prisión un hombre que fue acusado por de cometer un incesto en perjuicio de una hijastra menor de edad, en un hecho ocurrido en el sector Los Ríos.
El acusado, cuyo nombre se omite para preservar la identidad de la víctima, fue enviado a la Penitenciaría Nacional La Victoria, donde cumplirá la sentencia que le fue dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, compuesto por las juezas Gisselle Méndez, Yissel Naranjo y Tania Yunes.
El Ministerio Público, representado por la procuradora fiscal Merline Tejera, indicó en audiencia que el agresor durante cuatro años, desde que la víctima tenía 10 años, venía cometiendo la violación sexual en perjuicio de la hoy adolescente.
Señaló que el condenado aprovechaba que su esposa, la madre de la menor de edad, viajara al interior del país a trabajar para cometer el delito sexual en contra de la niña.
Transcendió que el acusado fue descubierto cuando la jovencita comenzó a presentar problemas de conducta en el centro educativo al que asistía, y al ser evaluada por la psicóloga de la escuela reveló, en febrero del 2018, que había sido abusada sexualmente.
A raíz de esto, el director del centro estudiantil informó al Departamento de Línea Vida, el cual inició una investigación del hecho reportado, conforme dio a conocer el Ministerio Público en un comunicado de prensa.
El informe de las evaluaciones psicológicas realizadas a la víctima precisa que a causa de los terribles actos cometidos por su padrastro, la adolescente presenta traumas emocionales.
Las acción ilícita cometida por el acusado está prevista y sancionada en los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, y en el artículo 396 literales B y C de la Ley 136-03 para la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.