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El País

El País Que Queremos somete recurso de inconstitucionalidad contra la ley 46-20

La agrupación política El País Que Queremos interpuso una acción directa de inconstitucionalidad en contra de la Ley no. 46-20 debido a que la misma crea “un sistema de tributación especial que facilita el lavado de dinero proveniente de actos delincuenciales y de corrupción, del cual pudieran aprovecharse los funcionarios públicos del presente gobierno”. DeContinue reading “El País Que Queremos somete recurso de inconstitucionalidad contra la ley 46-20”

Redacción Telenoticias • March 4, 2020 1:19 am
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La agrupación política El País Que Queremos interpuso una acción directa de inconstitucionalidad en contra de la Ley no. 46-20 debido a que la misma crea “un sistema de tributación especial que facilita el lavado de dinero proveniente de actos delincuenciales y de corrupción, del cual pudieran aprovecharse los funcionarios públicos del presente gobierno”.

De acuerdo con el texto de justificación de la acción, representada por Bartolomé Pujals y Lety Melgen, portavoz y coordinadora ejecutiva respectivamente de El País Que Queremos, la pieza en cuestión se lleva de encuentro el ordenamiento legal del país, al violar el artículo 146 de la Constitución que dispone la proscripción de la corrupción, así como compromisos y acuerdos internacionales suscritos por el Estado dominicano.

“La Ley núm. 46-20, violenta, igualmente, las disposiciones del art. 26.1 de la Constitución, así como el derecho a la igualdad previsto en el art. 39 de la Constitución, al otorgar un beneficio irrazonable a quienes han mantenido en la clandestinidad todo o parte de su patrimonio, sin importar el periodo de tiempo, y solo tener que pagar un 2%, frente al resto de los contribuyentes que han operado bajo el imperio de la ley”, dice el texto firmado por Pujals y Melgen.

Consideran que la promulgación de esta ley crea un “riesgo moral”, incitando a los contribuyentes a eludir el cumplimiento de las obligaciones tributarias que es un deber fundamental según el art. 75.6 de la Constitución.

El documento de El País Que Queremos recuerda que en la historia reciente, previo a la ley 46-20, el Estado ha promulgado 3 leyes de amnistía fiscal (Leyes nos. 11-01, 183-07, 309-12), en periodos electorales. Establece que los gobiernos del PLD han utilizado este tipo de legislación para agenciarse beneficios electorales de la clase empresarial.

Asimismo, indica que desde el punto de vista de eficacia legislativa, este tipo de medidas ha probado no tener resultados positivos, ya que se sigue luchando contra el flagelo de la evasión fiscal.

EPQ ha solicitado al Tribunal Constitucional declarar el asunto de urgencia, considerando que la referida ley establece un régimen tributario transitorio de apenas 90 días, lo que es consistente con el periodo de las elecciones presidenciales.

Igualmente, solicita que en caso de que el Tribual Constitucional decida rechazar la acción de inconstitucionalidad, dictar una sentencia interpretativa en la que se posponga su aplicación luego de terminado el periodo electoral.

3 de marzo 2020