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El País

PRM hace sugerencias al protocolo sanitario de JCE y solicita extender horario de votación de 6 a 6

El Partido Revolucionario Moderno, PRM remitió a la Junta Central Electoral, a través de su delegado político Orlando Jorge Mera, dos comunicaciones en las que hace observaciones al protocolo sanitario, y sugiere extender el horario de votación de 6 de la mañana a 6 de la tarde. “Sólo con el ánimo de proteger más aContinue reading “PRM hace sugerencias al protocolo sanitario de JCE y solicita extender horario de votación de 6 a 6”

Redacción Telenoticias • May 28, 2020 10:51 pm
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El Partido Revolucionario Moderno, PRM remitió a la Junta Central Electoral, a través de su delegado político Orlando Jorge Mera, dos comunicaciones en las que hace observaciones al protocolo sanitario, y sugiere extender el horario de votación de 6 de la mañana a 6 de la tarde.

“Sólo con el ánimo de proteger más a los votantes, sugerimos entre otras las siguientes recomendaciones al protocolo sanitario elaborado por la JCE:

1) En el numeral 5) del protocolo, incluir a los “observadores nacionales e internacionales”, así como a “los observadores de escrutinio”, que son funciones claves del proceso electoral. El texto diría así:

“ Todos los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral, los observadores nacionales e internacionales, los observadores de escriutinio, y todo el personal de la Junta Central Electoral, deberán utilizar durante la jornada electoral mascarillas y guantes en el ejercicio de sus funciones”.

2) En el numeral 6, disponer la facultad del presidente y del secretario de cada colegio, a que si lo juzga conveniente, pueda disponer que se realicen dos filas de electores: Una fila para electores de 60 años o más; y otra fila de electores de menos de 60 años. Todo con el fin de aumentar las medidas de seguridad sanitaria. En ese sentido, el numeral 6) diría lo siguiente:

“Los electores entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, provistos de mascarillas y guardando una distancia de dos (2) metros, entre unos y otros. Los facilitadores de recintos y los segundos vocales de cada colegio, guardando el distanciamiento social, organizarán las filas en los espacios abiertos del recinto o en la entrada de estos, auxiliados por la Policía Militar Electoral, para evitar la aglomeración de personas en la entrada de cada colegio electoral. Se autoriza a que el presidente y el secretario de cada colegio, puedan, si lo juzgan conveniente, disponer que se realicen dos filas de electores: Una fila para electores de 60 años o más; y otra fila de electores de menos de 60 años. Todo con el fin de aumentar las medidas de seguridad sanitaria.”

3) En el numeral 7 debe modificarse para que el elector se identifique por el Código QR de su cédula de identidad y electoral, así como suprimirse el entintado de los dedos, para evitar que se despoje de su guante. Debe, por tanto, leerse:

“Los votantes entrarán al local de votación uno por uno, respetando las medidas de distanciamiento dispuestas por las autoridades de salud. Se identificarán por el Código QR de sus cédulas de identidad y electoral, la cual les serán desinfectadas al entregárselas al primer vocal, quien los buscará en el padrón y le comunicará al presidente que el elector se encuentra hábil para votar. Se les entregará las 3 boletas y las depositará en las respectivas urnas. Posteriormente, firmará el padrón en señal de que concurrieron y votaron. Acto seguido, se les devolverá su cédula y de inmediato se retirarán del recinto”.

4) En el numeral 10 debe eliminarse, y en su lugar, dictar un protocolo modelo a ser adecuado para cada localidad del exterior, si fuere necesario. En ese caso, pudiera ser el protocolo contenido en la Resolución No. 53-2020 con las adecuaciones de lugar.

5) Incluir un nuevo numeral 10, que permita el ingreso a los recintos de votación y juntas municipales, de personas que cumplan con el debido protocolo sanitarios y que puedan llevar o suministrar alimentos y bebidas no alcohólicas a los funcionarios de mesa y delegados políticos, observadores, personal de apoyo y de seguridad. Debe por tanto, leerse:

“Podrán entrar a los recintos electorales y a las juntas electorales, personas que cumplan con el debido protocolo sanitario y que puedan llevar o suministrar alimentos y bebidas hidrantes no alcohólicas a los funcionarios de colegio electoral y delegados políticos”.

6) Finalmente, y no menos importante, es sumamente necesario realizar una campaña publicitaria de educación ciudadano sobre este protocolo sanitario para que los dominicanos puedan votar con la seguridad de que su salud está protegida, tal como acuden a supermercados, bancos, colmadones y a sus lugares de trabajo. Con esto se hará un aporte invaluable a la democracia dominicana.

 Horario de votación

El PRM precisa que para complementar la efectividad del protocolo sanitario, es indispensable el distanciamiento social en las filas de votación, por lo que se hace necesario que la Junta Central Electoral pondere modificar la Resolución No. 43/2020, a fin de que el horario de votación sea ampliado a doce horas. En ese sentido, tenemos a bien sugerir que el horario de votación sea de seis de la mañana (6:00am) a seis de la tarde (6:00pm), del día 5 de julio de 2020, en el territorio nacional.

En ese tenor le recordamos que el artículo 218 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No.15-19 permite que la Junta Central Electoral pueda modificar el horario establecido por la ley, siempre que tenga “razones atendibles”, como lo es la implementación del protocolo sanitario. En efecto el artículo 218 dispone: “Toda votación se realizará en un solo día. Comenzará a las siete (7) de la mañana y terminará a las cinco (5) de la tarde, como plazo máximo, salvo que la Junta Central Electoral, por razones atendibles, decida ampliar dicho plazo.”

De acogerse la modificación planteada, debe entonces igualmente modificarse el Dispositivo Segundo, para que en caso de que quedaren ciudadanos en las filas, se permita la votación hasta las seis y treinta de la tarde (6:30pm).

Solicitamos que sea reconsiderada la redacción del dispositivo primero de la resolución, y se extienda el horario de las votaciones de seis de la mañana 6:00 am) hasta las seis de la tarde (6:00 pm) por las razones arriba expuestas, y por supuesto, dado que a la Junta Central Electoral tiene la potestad legal para hacerlo. De igual manera, modificar el dispositivo segundo para que se lea “hasta las seis y treinta de la tarde (6:30pm)”, en lugar de las cinco y treinta de la tarde (5:30pm). Todo lo anterior para las elecciones del 5 de julio de 2020.