Condenan a mujer acusada de incurrir en hurto contra una empresa de Salcedo
La fiscalía de esta provincia obtuvo una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra de una mujer que hurtó un establecimiento comercial que estaba bajo su responsabilidad.
HERMANAS MIRABAL.- La fiscalía de esta provincia obtuvo una sentencia condenatoria de 5 años de prisión en contra de una mujer que hurtó un establecimiento comercial que estaba bajo su responsabilidad.
El veredicto condenatorio fue pronunciado por la magistrada Elizabeth Cepeda Muñoz, del Tribunal Unipersonal de este Distrito Judicial, en contra de la señora Clariza Nicole Escaño Pérez, quien en el año 2018 sustrajo recursos económicos de la empresa Orlando Comercial, sucursal Salcedo, propiedad de Rafael Orlando Pérez.
El Ministerio Público establece en la acusación, que la mujer se aprovechaba de la confianza depositada para desviar sumas millonarias de dinero, a través de los procesos de cobro por la venta a los clientes.
Añade, el escrito acusatorio que, la mujer, para orquestar la acción delictiva, manipulaba los procesos de cobros, los recibos y los depósitos, de manera continua y dolosa para apropiarse de los fondos que ascienden a la suma de cinco millones seiscientos cuarenta y cinco mil pesos.
En ese mismo orden, el órgano persecutor, indica que, la empresa se percató del hurto a través de la contratación de una auditora externa, que da cuenta que la mujer realizaba los cuadres fraudulentos con la intención de no levantar sospecha.
El relato del documento, muestra que, en la auditoría realizada por la empresa, las operaciones ordinarias por la venta de motores a crédito y al contado, se vio afectada, cuando notaron que faltaba dinero por diferentes montos cada mes, con partidas que en su momento ascendían hasta seiscientos mil pesos. Esta acción fue reiterativa cada mes, de acuerdo a los movimientos de las cuentas bancarias a las que tenía acceso la mujer.
El procurador fiscal, Pablo Osiris Molina Santos, calificó los hechos de manera definitiva como violación al artículo 408 del Código Penal Dominicano en perjuicio de la empresa Orlando Comercial, representada por el señor Rafael Orlando Pérez.