El doble engaño de la DGII y Gobiernos a los asalariados
La Federación de Asociaciones de Profesores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (FAPROUASD), a fines de orientación y edificación, presenta a continuación un análisis de la realidad en torno a la implicaciones salariales por la falta de aplicación de la debida exención en la renta contributiva que debería aplicar la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) cada año, según la inflación, lo cual solo ha hecho una vez en los últimos diez años, y fue por un monto insignificante, quedándose ilegalmente con una porción importante de los salarios.
Santo Domingo, RD.– La Federación de Asociaciones de Profesores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (FAPROUASD), a fines de orientación y edificación, presenta a continuación un análisis de la realidad en torno a la implicaciones salariales por la falta de aplicación de la debida exención en la renta contributiva que debería aplicar la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) cada año, según la inflación, lo cual solo ha hecho una vez en los últimos diez años, y fue por un monto insignificante, quedándose ilegalmente con una porción importante de los salarios.
La Ley 11-92 (Código Tributario) que regula el cobro de los tributos en República Dominicana, específicamente en la parte de las retenciones de los asalariados, establecido en el artículo 296 y debido a que la aplicación de la tasa impositiva es progresiva (15%, 20% y 25% mensual), el mismo Código establece en su artículo 327, así como en su Reglamento 139-98 (Artículos 97 hasta el 107), la obligatoriedad de un ajuste por inflación anual, con el objetivo de compensar los efectos inflacionarios.
Sin embargo, el gobierno anterior a su llegada en el 2012 mantuvo la escala salarial impositiva anual en RD$399,923.00 (RD$33,326 salario mensual) exento, manteniendo dicho monto sin ajustar hasta el año 2016, que fue cuando lo elevó a RD$416,820.00 anual (RD$34,735 salario mensual). Desde entonces, dicho monto se ha mantenido sin variación hasta la fecha. Lo anterior constituye una franca violación al mismo Código Tributario en su artículo 327, con lo que se afecta sensiblemente los ingresos de los trabajadores, siendo esto un verdadero engaño.
Para una mayor ilustración, presentamos el ejemplo siguiente:
Un asalariado que para el año 2017 devengaba un salario bruto de 90,000.00, al aplicar el descuento de la DGII para ese entonces, quedaría en un sueldo neto de RD$74,924.00 (Menos descuentos de la Seguridad Social por alrededor de 6,000 pesos, reduciéndose a un ingreso real de RD$68,924). Si ese mismo asalariado al día de hoy devengara un salario bruto de RD$130,000.00, (habiendo recibido hipotéticamente un incremento de 40,000.00), realmente estaría cobrando un salario neto de 103,155.00 (Menos alrededor de RD$7,500.00 de Seguridad Social, reduciéndose a un salario real de RD$95,655).
Es decir, que como no se han indexados los salarios debidamente ni tampoco en cinco años se ha ampliado la base de exención impositiva, a simple vista vemos que la tasa progresiva disuelve el referido aumento, y la principal causa es la invariación de la exención, ya que si se estuviera aplicando la Ley 11-92 de manera correcta, el efecto fuera de menor proporción.
De igual manera, la federación insiste en que la no indexación salarial por inflación, constituye una violación flagrante a los derechos de los asalariados, ya que por ejemplo, el propio Banco Central reconoció que la misma se situó en un casi un 9% el pasado año, la cual se suma a la ya acumulada durante décadas. Lo que significa que tanto la DGII en su violación a la ley impositiva, como los propios gobiernos, al no indexar los salarios cada año, vienen engañando doblemente a los asalariados.
Exigimos una nueva base impositiva
Por lo anterior, es justo exigir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), aplicar la debida exención impositiva, la cual debería situarse en RD$670,800.00 anuales (RD$55,900.00 mensual), como monto salarial no cotizable de Impuesto Sobre la Renta; modificando el monto actual de RD$416,820 anual (RD$34,735 salario mensual), que tiene cinco años sin variación. De esta forma, todos los salarios por debajo de RD$55,900.00 mensuales estarían exentos de Impuesto Sobre la Renta, y también una porción mayor de los que perciben ingresos superiores a ese monto se beneficiarían de tal ajuste.
Por una real y justa indexación salarial acorde a la inflación
Es urgente también que el gobierno aplique la indexación salarial por inflación, devolviendo al salario la capacidad de consumo de bienes y servicios, en el caso particular de los profesores y servidores universitarios, FAPROUASD reafirma la demanda de cumplimiento del 15% de indexación en el próximo presupuesto complementario, lo que sigue siendo insuficiente, dado el aumento de los precios.
Finalmente, “llamamos a todos los asalariados afectados del país a un frente de lucha para defender nuestros salarios de la voracidad de la DGII, y a que exijamos también la devolución de los montos ilegalmente descontados por esta”, manifestó el presidente de la federación Pastor de la Rosa, sobre el tema.