Esto es lo que se prohíbe a los empleados con la nueva reforma
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo, presentó este jueves un proyecto de ley orientado a implementar una reforma laboral. La nueva propuesta establece que, se modifica el artículo 45 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para queContinue reading “Esto es lo que se prohíbe a los empleados con la nueva reforma”
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo, presentó este jueves un proyecto de ley orientado a implementar una reforma laboral.
La nueva propuesta establece que, se modifica el artículo 45 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para que en lo adelante establezca lo siguiente:
“Artículo 45.- Está prohibido a los trabajadores:
- Presentarse al trabajo o trabajar en estado de embriaguez o en cualquier otra
condición análoga; - Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, salvo las
excepciones que para ciertos trabajadores establezca la ley; - Hacer colectas en el lugar en que prestan servicios, durante las horas de éste;
- Usar los útiles y herramientas suministradas por el empleador en trabajo
distinto de aquel a que estén destinados, o usar los útiles y herramientas del
empleador sin su autorización; - Hacer uso de dispositivos electrónicos, en horas de trabajo, con fines ajenos
a su labor. - Extraer de la fábrica, taller o establecimiento útiles del trabajo, materia prima
o elaborada, sin permiso del empleador. - Hacer durante el trabajo cualquier tipo de propaganda religiosa o política.