Foro de Partidos advierte a JCE es ilegal que afiliados de los partidos participen en eventos de otras organizaciones.
Santo Domingo. – El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM), a través de su Consejo Directivo, advirtió a la Junta Central Electoral (JCE), que los afiliados de las organizaciones políticas no pueden participar en los eventos de otras porque es ilegal. Para poder ostentar una precandidatura se exige tener un tiempoContinue reading “Foro de Partidos advierte a JCE es ilegal que afiliados de los partidos participen en eventos de otras organizaciones.”
Santo Domingo. – El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM), a través de su Consejo Directivo, advirtió a la Junta Central Electoral (JCE), que los afiliados de las organizaciones políticas no pueden participar en los eventos de otras porque es ilegal. Para poder ostentar una precandidatura se exige tener un tiempo de militancia mínimo dentro del partido, lo que significa que este derecho de elegir y ser elegido se confiere de manera expresa y excluyente a favor de los afiliados de las agrupaciones políticas.
Se dispone clara y expresamente en el ordenamiento jurídico especializado de partidos que, quienes tienen derecho a participar en la precampaña de una organización política son sus afiliados, como al efecto dispone el artículo 30 numeral 1 de la Ley de Partidos, calificando la prerrogativa de elegir y ser elegibles como un derecho de los miembros de los partidos.
Para poder ostentar una precandidatura se exige tener un tiempo de militancia mínimo dentro del partido, lo que significa que este derecho de elegir y ser elegido se confiere de manera expresa y excluyente a favor de los afiliados de las agrupaciones políticas.
La participación de militantes de unos partidos en eventos ajenos se ha convertido en una de las preocupaciones fundamentales de todos los partidos del sistema, pues abre la posibilidad de que se produzcan situaciones penalmente relevantes compra de adherentes como forma de ejercer influencia indebida en la selección de candidatos favorables o desfavorables, entre otras.
Se puede votar en una primaria abierta cualquier elector que figure en el padrón de la JCE, pero desde que vota, automáticamente, deja de pertenecer a su organización política, pierde todos los derechos que hubiere tenido en ella, incluso las posiciones diferenciales, pasando a convertirse en militante de la organización en la que participa.