Hoy finaliza el plazo para conocer candidaturas inscritas en niveles presidenciales y congresuales
SANTO DOMINGO, RD.- El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) deberá finalizar este martes el conocimiento de las candidaturas inscritas por las organizaciones políticas para las elecciones congresuales y presidenciales del próximo 19 de mayo. Así está establecido en el calendario electoral de este mes, marzo, donde indica que la fecha límite para el órgano constitucionalContinue reading “Hoy finaliza el plazo para conocer candidaturas inscritas en niveles presidenciales y congresuales”
SANTO DOMINGO, RD.- El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) deberá finalizar este martes el conocimiento de las candidaturas inscritas por las organizaciones políticas para las elecciones congresuales y presidenciales del próximo 19 de mayo.
Así está establecido en el calendario electoral de este mes, marzo, donde indica que la fecha límite para el órgano constitucional aprobar las candidaturas finaliza el día 12.
“La JCE tendrá la obligación de reunirse dentro de los (5) días que sigan a su presentación y declarar su admisión o inadmisión, según compruebe que se ajusta a todas las disposiciones pertinentes de la Constitución y las leyes”, indica el artículo 142 de la Ley del Régimen Electoral 20-23.
Las entidades políticas, a través de sus dirigentes y delegados representantes, debieron depositar las candidaturas a ambos niveles de elección el pasado 4 de marzo.
Sin embargo, la entidad electoral realizó una reformulación del cronograma, permitiendo, a través de una prórroga, a los partidos formalizar las candidaturas hasta el pasado jueves, 7 de marzo.
Será este miércoles cuando la JCE comunicará a los partidos políticos las conclusiones con relación a estas solicitudes.
Luego, el 14 de marzo, la entidad electoral emitirá una comunicación a las juntas municipales y los partidos políticos para divulgar las candidaturas aprobadas.
APELACIÓN
En el caso de que algún partido no esté de acuerdo, tendrá un plazo de tres días para apelar ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) la decisión de la JCE en torno a las candidaturas.
De esta manera lo dicta la Ley 20-23 en su artículo 152, que está denominado como: “Apelación a las decisiones de las juntas electorales”.
Por: ÁNGEL VALDEZ