Imponen 20 y 10 años de prisión a acusados por la muerte de la arquitecta Leslie Rosado
Los jueces del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, condenaron este lunes a Janli Disla Batista y Rafael Castillo Novas (Argenis), acusados por la muerte de la arquitecta Leslie Rosado, a 20 y 10 años de prisión.
SANTO DOMINGO ESTE.- Los jueces del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, condenaron este lunes a Janli Disla Batista y Rafael Castillo Novas (Argenis), acusados por la muerte de la arquitecta Leslie Rosado, a 20 y 10 años de prisión.
La sentencia se produjo luego de que el caso se aplazara y fuera enviado a juicio de fondo. Luego de largas deliberaciones de los jueces, así como argumentos de los abogados de la familia Rosado y de la defensa de los imputados.
Sobre el hecho
El expediente indica que el hecho ocurrió el pasado sábado 2 de octubre, alrededor de las 7:30 de la noche, mientras la víctima y su hija de 15 años de edad, cuyo nombre se omite por razones legales, se desplazaban por la avenida Duarte de Andrés hacia Boca Chica a bordo de un vehículo Mercedes Benz, en dirección Oeste-Este, aproximadamente a unos 500 metros del parquecito de “Andrés”.
Agrega que el vehículo de la mujer rozó levemente la motocicleta marca Suzuky conducida por Disla Batista y que el cabo estaba acompañado de su esposa, Santana de Jesús Ramírez, y sus dos hijos menores de edad, quienes resultaron sin lesiones, conforme establecen los diagnósticos médicos.
Precisa que una vez ocurrido el supuesto accidente, el imputado Disla Batista le realizó varios disparos que obligaron a la víctima Rosado Marte, quien se encontraba en estado de gestación, a no detener la marcha del vehículo, tratando de salvar su vida y la de su hija.
Posteriormente, el agente policial abordó la motocicleta que conducía el coimputado Rafael Castillo Novas y juntos le dieron persecución al vehículo de la víctima. Al llegar próximo a la zona de la playa de Boca Chica, Janli Disla le volvió a realizar varios disparos que impactaron el vehículo, uno cerca de la placa y otro que se incrustó en el neumático trasero derecho.
Después, la mujer, tratando de escapar, hizo un giro a la izquierda para volver al Club Náutico, lugar de donde ella había salido minutos antes; sin embargo, el tráfico no le permitió avanzar y ponerse a salvo, momento que fue aprovechado por el imputado Janli Disla para desmontarse de la motocicleta que conducía el imputado Rafael Castillo y acercarse a la víctima.
Con el arma de reglamento en la mano, el agente golpeó repetidas veces el cristal del lado del conductor, logrando herir a la víctima en la mano izquierda, y realizó dos disparos, uno de los cuales la alcanzó en la cabeza y le provocó la muerte. Indica que en medio de la persecución el imputado les pidió ayuda a miembros de la Armada Dominicana que se desplazaban por el lugar en un camión de esa institución.
El Ministerio Público les ha asignado a los hechos de manera provisional la calificación jurídica de homicidio voluntario, asociación de malhechores y complicidad para cometer asesinato, previsto y sancionado en el contenido normativo de los artículos 59, 60, 265, 266, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, el principio VI de prioridad absoluta, los artículos 3, 12 y 396 de la Ley 136-03, sobre el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.