“Dirigir una fiscalía o procuraduría desborda las competencias ordinarias, como es el caso del buen manejo de los recursos humanos y de los fondos”, resalta la procuradora general
SANTO DOMINGO.- “Es la primera vez que en el Ministerio Público se lleva a cabo un proceso técnico y transparente de evaluación del desempeño de quienes ejercen titularidades en las fiscalías y procuradurías regionales y especializadas”, resaltó este miércoles la magistrada Miriam Germán Brito.
La procuradora general encabezó un diálogo con periodistas que cubren el área judicial, en el cual la Dirección General de Carrera del Ministerio Público explicó los detalles para la evaluación de los titulares de distintas fiscalías, procuradurías regionales y procuradurías especializadas que cumplieron el período de cuatro años por el que fueron seleccionados.
“Hemos querido convocar esta reunión con medios de comunicación porque consideramos importante dar a conocer a la sociedad el proceso sin precedentes en el que nos estamos embarcando en estos momentos”, dijo Germán Brito.
Recordó que, acorde con el mandato de la Ley Orgánica del Ministerio Público (133-11), al término de cuatro años deben evaluarse para su posible habilitación para un segundo período.
La evaluación, completamente independiente de las ordinarias a las que son sometidas los fiscales, se apoya en una propuesta presentada al Consejo Superior del Ministerio Público por la Dirección General de Carrera, encabezada por Thalía Goldberg, quien recordó que el proceso, iniciado en septiembre debería culminar en 2023.
En el encuentro encabezado por la procuradora general y celebrado en uno de los salones de la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP), en Gascue, además de Goldberg estuvo presente el procurador adjunto Rodolfo Espiñeira, miembro del Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP).
Asimismo, la procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público; la secretaria general de la institución, Lilly Acevedo; el director técnico del despacho de la Procuradora, Félix María Tena de Sosa; la administradora general, Vilma Pérez, y el contralor general de la institución, Amisael Félix.
“Es oportuno señalar que el Reglamento de Carrera vigente, respecto del tema, no establece los criterios específicos que deben ser tomados en cuenta para evaluar a quienes ostentan posiciones de titularidad”, indicó Germán Brito.
Agregó que esa situación hizo necesario que el órgano de gobierno interno adoptara una regulación técnicamente apropiada al objeto de la evaluación.
Recordó que los instrumentos de evaluación forman parte de los manuales técnicos de procedimientos que complementan las previsiones del Reglamento de Carrera, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 2.
Añadió que “quienes ejercen las funciones de Ministerio Público están sujetos a los procedimientos técnicos que se determinen para gestionar la carrera con arreglo a los principios de mérito, capacidad y profesionalidad”.
“Se ha partido de una perspectiva amplia y multidimensional que mira todas las funciones esenciales de un fiscal o procurador titular, y han intervenido cada una de
las instancias competentes, desde el ámbito administrativo hasta (la Dirección General de) Persecución”, indicó Germán Brito.
Resaltó que “las habilidades de liderazgo también tienen un peso importante, puesto que dirigir una Fiscalía o Procuraduría desborda las competencias ordinarias, como es el caso del buen manejo de los recursos humanos y de los fondos”.
Indicó que un proceso de evaluación en que participan varias instancias de la institución evita las discrecionalidades que han existido en el pasado, “además de que les hace justicia a todos los otros miembros de la carrera, en el sentido de la igualdad de oportunidades”.
Confió en que la escogencia de fiscales con un proceso técnico y transparente garantiza que los ciudadanos, en especial las víctimas, que acudan a las dependencias del Ministerio Público “reciban atención pronta y oportuna, que asegure una protección efectiva de sus derechos e intereses legítimos”.