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El País

SCJ ratifica condena de 12 años contra Yokaira Sosa

La defensa de Yokaira Sosa en la fase de casación fue ejercida por el abogado Jean Cristofer Pérez Lebrón, cuya intervención se produjo exclusivamente en esa etapa extraordinaria del proceso, luego de…

Redacción Telenoticias • April 1, 2026 4:27 pm
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia confirmó, en sus aspectos esenciales, la condena de doce años de reclusión mayor impuesta contra Yokaira Julianny Sosa Asencio, mediante la sentencia núm. SCJ-SS-26-0392, de fecha 31 de marzo de 2026, casando únicamente el ordinal relativo a las costas procesales.

En su decisión, la alta corte rechazó los agravios centrales del recurso de casación y sostuvo que, durante el juicio, el Ministerio Público solicitó la incorporación en bloque de una memoria USB y un disco compacto, proponiendo además que fueran dados por estipulados, sin que esa modalidad fuese objetada por la defensa técnica anterior.

La sentencia agrega que esa defensa mostró conformidad con la incorporación de esos elementos, reconoció su contenido y dejó planteado que los cuestionaría en otro momento procesal, por lo que la Suprema concluyó que no podía alegarse posteriormente una afectación al derecho de defensa respecto de una actuación previamente consentida.

Asimismo, la decisión descarta el alegato relativo a una supuesta reconsideración omitida en apelación, al indicar que, tras revisar los registros de audiencia, no constató que la defensa técnica anterior hubiese formulado una solicitud de esa naturaleza en los términos alegados.

Con base en ese razonamiento, la Segunda Sala entendió que no se configuraban los vicios denunciados en cuanto a violación al derecho de defensa, valoración probatoria y motivación de la pena, por lo que mantuvo firme la condena impuesta contra Yokaira Sosa en todos sus aspectos sustanciales.

La defensa de Yokaira Sosa en la fase de casación fue ejercida por el abogado Jean Cristofer Pérez Lebrón, cuya intervención se produjo exclusivamente en esa etapa extraordinaria del proceso, luego de que la condena ya había sido confirmada en apelación.

La sentencia dejó firme la condena y rechazó los agravios centrales, al establecer que actuaciones de la defensa previa incidieron en el resultado del recurso.