Tribunal Constitucional prohíbe uso de sobrenombres en procesos penales públicos
La alta corte ordenó a la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y a la Procuraduría General de la República (PGR) cesar el uso en tribunales, medios de comu…
Santo Domingo, República Domincana. – El Tribunal Constitucional (TC) emitió la sentencia TC/0225/25 mediante la cual prohíbe el uso público de motes o sobrenombres en los procesos penales, al considerar que estas denominaciones atentan contra la presunción de inocencia y vulneran derechos fundamentales como la integridad, el derecho al buen nombre y la dignidad humana.
La alta corte ordenó a la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y a la Procuraduría General de la República (PGR) cesar el uso en tribunales, medios de comunicación y plataformas oficiales de denominaciones como “Operación Medusa” o “Caso Medusa”.
De acuerdo con el Tribunal, este tipo de apodos solo deben utilizarse de forma interna como herramienta de organización y seguridad para evitar filtraciones durante la etapa investigativa de los casos, y no en el ámbito público, donde su divulgación podría generar perjuicios reputacionales para los imputados, incluso antes de que exista una sentencia definitiva.
Esta decisión sienta un precedente en la protección de los derechos fundamentales dentro del sistema penal dominicano, fortaleciendo los principios de objetividad, imparcialidad y debido proceso.